Plan
Básico de Salud: es el conjunto de
servicios de atención en salud al que tienen derecho todos los
colaboradores que cotizan en el Sistema Dominicano de Seguridad Social, así
como sus dependientes directos. El Plan
Básico de Salud (PBS) corresponde a un grupo de servicios médicos que incluye
atención primaria, consultas, internamientos, cirugías, medios diagnósticos,
altos costos, medicamentos ambulatorios, servicios odontológicos y
rehabilitación.
Complementario Superior: este plan está destinado a cubrir la demanda de
servicios de salud de todos los colaboradores y dependientes cotizantes al Plan
Básico de Salud (cónyuge, hijos y padres), al igual que a los pensionados que
cotizan, que deseen contar con una mayor cobertura y
beneficios.
Plan Complementario
I: este
plan está destinado a cubrir la demanda de servicios de salud de todos los
colaboradores y dependientes cotizantes al Plan Básico de Salud (cónyuge, hijos
y padres), al igual que a los pensionados que cotizan.
Plan Complementario II: este
plan está destinado a cubrir las demandas de servicios de salud de todos los
colaboradores y dependientes cotizantes al Plan Básico de Salud (Cónyuge, Hijos
y Padres), al igual que los pensionados que cotizan.
Plan Voluntario Superior: este plan ofrece cobertura a los
pensionados de la familia Reservas que no coticen al Sistema Dominicano de
Seguridad Social. así como, a los hijos mayores de 21 años que dependan
económicamente de nuestros empleados.
Plan
Voluntario Familiar I: este plan ofrece
cobertura a los pensionados de la familia Reservas que no coticen al Sistema
Dominicano de Seguridad Social. Así como, a los hijos mayores de 21 años que
dependan económicamente de nuestros empleados.
Plan Voluntario Familiar II: este
plan ofrece cobertura a los pensionados de la familia Reservas que no coticen
al Sistema Dominicano de Seguridad Social. así como, a los hijos mayores de 21
años que dependan económicamente de nuestros empleados.
Afiliación al Plan
Básico, Planes Complementarios y Voluntario
Todo
colaborador (a) que al momento de su ingreso a la familia Reservas no esté
afiliado al Sistema Dominicano de Seguridad Social, podrá afiliarse de forma
normal a ARS Reservas. Si el colaborador al momento de su ingreso está
cotizando en otra ARS, el mismo podrá solicitar el traspaso, cuando cumpla con
las normas establecidas por el SDSS de tener doce (12) cotizaciones.
Los
familiares que tienen derecho a ser afiliados al núcleo familiar son los
siguientes:
- Cónyuge o
compañero de vida
- Hijos e
hijastros
- Padres
En adición, cubierto en su totalidad
por el colaborador, puede afiliar a los siguientes dependientes: - Suegros
- Hermanos
- Sobrinos
- Nietos
Cónyuge o
compañero de vida del afiliado titular: será incluido (a) de forma normal si no está
afiliado a otra ARS. Si el cónyuge o compañero (a) de vida está como titular o
dependiente en otra ARS, podrá solicitar el traspaso a ARS Reservas, bajo la
modalidad de unificación de núcleo familiar.
En el
caso del compañero de vida, deberá tener por lo menos (3) años de convivencia
marital antes de la afiliación y si han procreado hijos antes de cumplir con el
tiempo establecido, la afiliación del (la) niño (a) su afiliación será de forma
normal.
Hijos del
afiliado titular: los
hijos con derecho a recibir los servicios de salud son:
- Hijos
menores de 18 años.
- Hijos
entre los 18 y 21 años, cuando sean solteros y no estén cotizando en otra ARS.
- Hijos de
cualquier edad con discapacidad permanente registrados como tal en el SDSS.
Los hijos
de edades comprendidas entre 18 y 21 años, deberán tener registrada y validada
su cédula de identidad en la TSS y demostrar estar inscritos en una institución
escolar o universitaria, mediante una constancia de estudio que deberá ser
remitida a ARS Reservas y renovada anualmente.
Los hijos
mayores de 21 años, podrán ser inscritos como dependientes adicionales en el
Plan Voluntario Familiar, mientras no realicen labores remuneradas y no estén
cotizando en otra ARS, siempre y cuando el afiliado titular pague el per cápita
correspondiente.
Hijastros
del afiliado titular: los
hijastros serán afiliados a la ARS, con las mismas condiciones establecidas
para los hijos, siempre y cuando el cónyuge o compañero de vida esté afiliado
con el titular.
Padres
del afiliado titular: serán
incluidos siempre y cuando no estén afiliados o cotizando al Sistema Dominicano
de Seguridad Social.
Suegros
del afiliado titular: los
suegros del afiliado titular serán afiliados solo en el Plan Voluntario
Familiar de Salud, siempre y cuando el cónyuge o compañero de vida esté afiliado
con el titular.
Hermanos,
nietos y sobrinos: los
familiares indirectos del afiliado titular serán afiliados solo en el Plan
Voluntario Familiar de Salud, siempre y cuando el afiliado titular pague el per
cápita correspondiente.
Ex –
empleados: los colaboradores
que ya no forman parte de la familia Reservas, si lo desean, continuarán
recibiendo los servicios de salud bajo la cobertura de los planes, siempre y
cuando el afiliado titular pague el per cápita correspondiente.
Pensionados: el personal activo que reciba
una pensión de la familia Reservas continuará recibiendo los servicios de salud
bajo las coberturas de Planes Voluntarios.
Documentos
requeridos para la afiliación
Al titular: documentación que avale ser colaborador
de la familia Reservas y copia de cédula de identidad.
Al cónyuge: acta de matrimonio en original
y copia de cédula de identidad.
Compañero
de vida: declaración
jurada de unión libre original y copia de cédula de identidad y electoral.
Hijos e hijastros: acta de nacimiento original,
copia de cédula de si son mayores de edad, certificación o carta de estudios
luego de haber cumplido los 18 años de edad si son estudiantes y no trabajan.
Padres: acta de nacimiento original del
titular y copia de cédula de identidad del padre a afiliar.
Hermanos: acta de nacimiento original y
copia de cédula de identidad (si aplica).
Sobrinos: acta de nacimiento original y
copia de cédula de identidad (si aplica).
Nietos: acta de nacimiento original y
copia de cédula de identidad (si aplica).
Suegros: acta de nacimiento original del
cónyuge o compañero de vida afiliado y copia de cédula de identidad del suegro
a afiliar.
Motivo de
exclusión de los afiliados en todos los planes:
- Dejar de
pertenecer a una de las empresas la familia Reservas
- Por divorcio
o separación
- Fallecimiento
del titular
- Fallecimiento
de dependiente
- Traspaso
a otra ARS
- A
solicitud del titular dependiendo del estatus de afiliación del dependiente
requerido.
- Unificación
de núcleo
Solicitud de
duplicado de carnet
En caso
de pérdida del carnet de afiliado de alguno de los miembros del núcleo
familiar, el afiliado titular deberá de enviar una comunicación ya sea por
correo electrónico o carta física a la Gerencia de Afiliación. Dicha emisión
será entregada de forma inmediata y tendrá un costo unitario que le será
descontado por nómina en la primera quincena.
Manual del Afiliado
Manual del Afiliado